Se reintegra el 100% de los copagos autorizados por su OSP (IOMA u otras).
Documentación Requerida (enviar todo en un solo correo):
- Orden Médica: Debe especificar la cantidad de sesiones (generalmente 5 o 10).
- Factura Fiscal: Emitida a nombre del/la paciente. Es obligatorio que detalle el concepto “Copago” o “Bono”, la cantidad de sesiones y el importe abonado. Si existen otros conceptos, deben estar debidamente discriminados.
- Intervención de la Obra Social:
- IOMA: Copia del Bono Kinesiológico con las sesiones correspondientes.
- Otras Obras Sociales: Autorización o notificación formal que indique el monto exacto del copago o el importe del reintegro.
En caso de NO tener cobertura por su obra social: Deberá presentar la constancia de “Fin de cobertura” o “Certificación de No Prestador” o el rechazo formal de su obra social, orden médica, factura fiscal a nombre del paciente detallando cantidad de sesiones facturadas.
Importante: Sólo se reintegrará el monto que esté claramente discriminado como Copago, a menos que se adjunte el comprobante de reintegro emitido por la Obra Social.
Para más información escribir a: dss.salud@presi.unlp.edu.ar